Para fabricantes de Bienes de
Capital, Informática y Telecomunicaciones.
Nuestro equipo
profesional especializado en gestionar la devolución
del I.V.A. (exportadores), le ofrece ahora esta posibilidad concreta.
Aplicamos
toda la normativa incluída la Res. Gral. AFIP 1.168/01, con la modificación
de la Res. Gral. A.F.I.P. 1.722/04 (B.O.: 10/8/04).
Obtenga
la devolución en dinero en efectivo, utilice el saldo para el pago de sus
impuestos Nacionales, Ganancias, inclusive Seguridad Social y anticipos. Transferencia
a terceros.
Nuestro plan
de trabajo contempla el asesoramiento o la gestión integral hasta el efectivo
cobro, presentaciones ante la Secretaría de Industria de la Nación
y AFIP.
Conozca
los requisitos | Nuestros
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